Tiempo y consenso para abordarla AMProS presentó las modificaciones a la Ley 6354 a la bicameral de Familia y Niñez
La Asociación Mendocina de Profesionales de la Salud (AMProS) presentó hoy a las 10,30 en el anexo de calle Espejo ante la comisión bicameral de Familia, Niñez y Adolescencia, los aportes efectuados por profesionales integrantes de los equipos técnicos de DINAF (Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia).
Claudia Iturbe, secretaria gremial, sostuvo que hubo acuerdo en trabajar junto a los otros sindicatos de la salud, las modificaciones a la Ley sugeridas por la diputada radical Beatriz Varela, presidente de la mencionada comisión.“Previo a la sanción, es necesario llegar a un consenso con los trabajadores que son quienes desde 2006 aplican la 26.061. Es indispensable contar con la participación de actores como el Hospital Notti, Centros Infanto Juveniles, centros de Atención a Adicciones, DGE, municipios, jueces de Familia; quienes harán una puesta en común sobre todas las falencias del sistema”.
AMProS pidió con la anuencia del resto de las partes, la realización de una jornada congreso, cuya fecha y lugar se determinará a la brevedad, a fin de poner en común los puntos de consenso y diferencias planteadas en pos de brindar condiciones laborales dignas a los trabajadores y por sobre todas las cosas, mejorar la calidad de vida de un sector tan vulnerable, como es el de niños, niñas y adolescentes.
“Tiempo y consenso. Es lo que necesitamos para que esta ley llegue a buen puerto y podamos reforzar todos los mecanismos de contención. Que se respeten los acuerdos paritarios y las leyes de estabilidad y contratación de los trabajadores, que existan concursos de todos los cargos jerárquicos y respeto por las nominaciones que tiene la normativa: jefes de departamento, de servicio y de sección”, enfatizó.
La doctora María Isabel Del Pópolo, secretaria general de AMProS, agregó: “Por otro lado, pedimos que se articule el hecho de que los profesionales de la salud sean totalmente responsables sólo de aquellos casos reconocidos personalmente por ellos y que el hilo deje de cortarse por lo más delgado. Por lo tanto, avalamos que cuenten con los recursos necesarios para realizar los tratamientos correspondientes”.
Claudia Iturbe concluyó: “En este sentido, tanto la extensión de presupuesto para el funcionamiento de la DINAF como el urgente requerimiento de personal en algunas áreas como los Órganos Administrativos Locales, serán fundamentales, ya que los profesionales no dan abasto frente a la cantidad de denuncias que deben atender. La deuda social y por ende la demanda de atención, son cada vez mayores y necesitan una respuesta efectiva y eficiente, con muchos más recursos. La ley nacional debe adecuarse a la realidad provincial”.
Dra. María Isabel Del Pópolo, secretaria General de AMProS 261-5614476
Lic. Claudia Iturbe, secretaria Gremial de AMProS – 261-5614523.
(Se adjuntan los aportes de los trabajadores de DINAF a la bicameral y fotografías del encuentro).
APORTES DE EMPLEADOS DE DINAF AL PROYECTO DE LEY Nº 6354
Debe considerarse que el proyecto de ley aborda un tema que requiere el máximo compromiso, sensibilidad y capacidad de previsión, ya que se trata de la niñez vulnerada en sus derechos, en el que no hay lugar para ensayar o improvisar estrategias. Todo lo contrario, la legislación debe contemplar minuciosamente los cambios y consecuencias de los mismos para no generar mayor victimización y resultados irreversibles en la vida de los NNA.
En función de lo señalado anteriormente, resaltamos que el organigrama propuesto para la división de la DINAF, en referencia a la Dirección de Cuidados Alternativos, presenta un esquema similar al Dpto Administrativo y Contable al que funciona actualmente, en cambio en los Departamentos de Salud y Técnico (Hogares, Casa Cuna, Microhospital, Servicios de Salud, etc..) no se especifican funciones, ni tareas. No se detallan áreas, tareas, objetivos, alcances de los distintos regímenes laborales. Se trata de un organigrama que esboza áreas principales, no describe ni especifica funciones, ni manuales de procedimientos.
No se describe el lugar en el que se desarrollarán las tareas administrativas y técnicas de la Dirección de Cuidados Alternativos. Damos por sentado que se utilizará el predio de la Calle
Armani 1800, y otras dependencias de ésta que se encuentran actualmente en funcionamiento. Cabe destacar que los edificios presentan condiciones de funcionamiento que requieren adecuación integral con urgencia.
Debe considerarse imperioso la realización de concursos para el ingreso a cada tramo. Se puede contemplar, para el régimen 15, un sistema de concurso abreviado con la participación del Poder Ejecutivo y las Entidades gremiales que correspondan, para regularizar la situación de revista del personal “facturado” cualquier otra forma de prestación “en negro”. Para el régimen 27 se deberá cumplir con la ley 7759 en cuanto a concursos y modalidad de contratación.
Diseñar una política integral de Recursos Humanos, resaltando el adecuado desempeño de la tarea, que evalúe y atienda el desgaste físico y psíquico que se produce en los trabajadores. Se propone la generación de una Comisión ad hoc con autoridades del poder ejecutivo y los representantes gremiales para revisar la situación de cada uno, teniendo en cuenta su edad cronológica, formación técnica y situación social actual.
No se contempla la equiparación salarial. El personal que trabaja en el proceso de restitución de derechos asume riesgos personales graves que equiparan su labor a la del personal de Justicia de Familia o el RPJ, con lo cual se propone la creación de un Ítem específico para estas funciones.
Art XX) La presente norma exceptúa toda modificación o alteración en las relaciones laborales y salariales de los empleados del Estado Provincial que no se compadezca con la normativa legal vigente, así como los que acuerden o se hayan acordado oportunamente en las negociaciones paritarias.
Los espacios de confianza del niño no necesariamente debería ser su centro de Vida.
Búsqueda de padres se debe hacer con la intervención de los organismos y técnicos que correspondan, atendiendo a sus incumbencias y a la demanda de cada caso en particular.
ART 38
Inconstitucional??? “ramos”CSJN
e-La Designación del Director deberá ser Profesionales con título habilitante de grado universitario.
j-se debería elaborar Protocolos de Actuación internos con la participación de los profesionales.
En la elaboración de los protocolos debería considerarse el debido resguardo de datos personales de los profesionales y técnicos intervinientes.
Guardia; resulta indispensable reglamentar quienes pueden cumplir guardia cómo y con qué incumbencia estará a cargo de la misma.
Deberían ser Guardias pasivas, profesionales con título habilitante.
b- ….siempre que se encuentren disponibles los recursos materiales y humanos para tal fin.
Que las medidas conexas las ejecute el poder judicial a solicitud del ETM o de la Dirección de Cuidados Alternativos
Los ETM deberían tener una jefatura de servicios, concursando los cargos
Mesas Territoriales: no hay representante de la Dirección de Cuidados Alternativos
Debería quedar excluido el ETM la recepción de denuncias en forma espontánea
La recepción de denuncias podría ser con la presentación de adolescentes solos a partir de los 13 años antes deben ser acompañados por un adulto o dar intervención inmediata al abogado del niño
Los equipos técnicos no deberían tomar contacto directo con niños Niñas y Adolescentes en su centro de vida cuando de la vulneración de derecho se desprenda una posible comisión de delito, abuso, trata de persona, venta y consumo de sustancias prohibidas o jóvenes infractores a la ley penal.
En esos casos deberían ser citados al AMPID correspondiente.
Cual podría ser el Organismos que se disponga en lugar del AMPID
En los casos de reintegros familiares realizados por el ETM, cuando existió una medida de excepción, el posterior seguimiento por seis meses debería quedar a cargo del AMPID.
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