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Crean por Ley el Fuero Penal Colegiado

La Cámara de Diputados dio sanción al proyecto de Ley del Poder Ejecutivo por el cual se crea el Fuero Penal Colegiado, que estará integrado por los Tribunales Penales Colegiados y los Juzgados Penales Colegiados.

Según el texto de la normativa, dentro de cada de cada uno de ellos, todos los jueces – que ejercerán las funciones jurisdiccionales exclusivamente – son competentes para resolver las peticiones de las partes, sin perjuicio de las normas prácticas de distribución del trabajo que se establezcan por la Oficina de Gestión Administrativa Penal (OGAP) – que se crea por esta Ley bajo la dependencia jerárquica de la Sala Administrativa de la Suprema Corte de Justicia – organismo que tendrá a su cargo la agenda judicial.

Asimismo, dispone la transformación de las actuales Cámaras del Crimen en Tribunales Penales Colegiados, y los actuales Juzgados de Garantías, Correccionales, de Flagrancia y de Ejecución Penal, en Juzgados Penales Colegiados.

Establece dos Tribunales Penales Colegiados en la Primera y Cuarta Circunscripción Judicial; uno en la Segunda y otro en la Tercera. En tanto, habrá dos Juzgados Penales Colegiados en la Primera Circunscripción Judicial; uno en el departamento de San Rafael; uno en General Alvear; otro en Malargüe; uno en la Tercera Circunscripción Judicial y uno en la Cuarta  Circunscripción Judicial.

Esta Ley, prevé por otra parte cómo estarán integrados tanto los Tribunales Penales Colegiados como los Juzgados Penales Colegiados, en cada una de las Circunscripciones Judiciales y pautas respecto a su organización.

En ambos casos, habrá un Colegio de Jueces que se subrogarán o reemplazarán en forma automática y sin ninguna formalidad, “conforme la metodología de subrogancia que disponga la Oficina de Gestión Administrativa Penal (OGAP), a través de un sistema informático o por sorteo, conforme lo establezca la reglamentación”.

La OGAP, tendrá entre sus funciones asistir a los Tribunales Penales Colegiados y Juzgados Penales Colegiados, organizando administrativamente los mismos; asegurar la función judicial con la metodología de audiencias orales, públicas e indelegables, aplicando el sistema de agenda de audiencias y la digitalización total de las actuaciones; planificar y administrar la agenda y fijar la fecha de las audiencias de los Tribunales Penales Colegiados y de los Juzgados Penales Colegiados y organizar coordinadamente el uso de las salas de audiencias, debiendo fijar los horarios, los que se deberán publicar en la página web del Poder Judicial.

También, fijar los turnos de cada Juez; brindar los servicios logísticos, coordinando los traslados de las personas privadas de libertad a las audiencias, ya sea desde el exterior a la sede judicial y dentro de la propia sede, de manera que las audiencias se realicen a horario; prever la realización de audiencias mediante el sistema de videoconferencias u otros medios tecnológicos; establecer el régimen de subrogancia o reemplazos de los Jueces en los casos de ausencia, licencia, vacancia u otros impedimentos; reprogramar las audiencias fracasadas; elaborar informes de productividad que den cuenta del trabajo y del cumplimiento de horarios de Jueces, Fiscales, Defensores Oficiales y Abogados de la matrícula, comunicando a los organismos correspondientes y planificar  las ferias judiciales de los Jueces integrantes de los Tribunales Penales Colegiados y de los Juzgados Penales Colegiados.

En otro orden, se crea una Oficina de Apelaciones para la Primera y Cuarta Circunscripción Judicial, una en la Segunda  y una en la Tercera. En la Tercera Circunscripción judicial, cumplirá las funciones de la Oficina de Apelaciones la OGAP del Tribunal Penal Colegiado.

Esta Ley, prevé que todas las audiencias son flexibles y multipropósito, pudiendo someterse a decisión jurisdiccional cuestiones diferentes por las que fueron fijadas, mientras surjan a petición de parte, e incluso cuando fomente la solución temprana del caso.

Otra de las disposiciones previstas, es que el soporte digital del registro en audio o video de toda audiencia oral realizada con la presencia del Juez, será prueba suficiente de su realización y certeza de lo ocurrido en ella, no siendo necesaria la presencia de funcionario público que de fe del acto, ni labrar acta, ni certificación de la misma.

Además, los autos y sentencias dictados por los Jueces de los Juzgados Penales Colegiados y Tribunales Penales Colegiados deberán ser protocolizados digitalmente por las OGAP.

En lo que respecta a las causas radicadas antes de la implementación de esta Ley, continuarán a cargo del Juez que era competente, mientras que la tramitación hasta la resolución final de las causas estará a cargo de la OGAP.

El plazo máximo de implementación previsto para los Juzgados Penales Colegiados de la Segunda, Tercera y Cuarta Circunscripción Judicial es hasta el 1 de marzo del 2018, en tanto que para la Primera Circunscripción, será hasta el 1 de abril. Para el caso de los Tribunales Penales Colegiados de la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial, será hasta el 1 de mayo del 2018, y para los de la Primera y Cuarta, hasta el 1 de junio.

Según lo dispuesto, la implementación de la presente ley deberá realizarse haciendo reingeniería de los recursos humanos existentes y con los mismos funcionarios y empleados de las actuales Cámaras del Crimen y Juzgados de Garantía, Correccionales, Flagrancia y Ejecución Penal, se conformarán las estructuras y funcionamiento de las OGAP y Oficina de Apelaciones, designando de entre los actuales Secretarios a los Administradores.

El diputado Gabriel Balsells Miró (UCR), indicó al respecto que lo que se propone es un “cambio de paradigma”, con estos Tribunales Colegiados y resaltó que “en los últimos dos años ha habido modificaciones sustanciales que eran necesarias y que harán que la justicia trabaje con más celeridad”.

“Es un avance significativo en materia de servicio de justicia”, dijo, a lo que agregó que con esta sanción, “asoma un nuevo principio en esta transformación de la justicia penal”.

Por su parte, Carina Segovia (PJ), coincidió en que es un cambio profundo en materia de implementación de justicia, e indicó que “aspiramos a que lo que se propone resulte eficaz y eficiente”.

Como es habitual los legisladores del Frente de Izquierda, votaron en negativo.

 

 

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