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Opinión

Mendoza reclamará más de mil millones por regalías del Atuel

Durante más de 40 años la provincia estuvo dejando de percibir los montos por la hidroelectricidad producida en Los Nihuiles. Un proyecto legislativo pide  un resarcimiento que, por los montos en discusión más las décadas de intereses, suma una cifra que excede los mil millones de pesos.  

Entre las diferentes posturas con respecto al conflicto por el río Atuel, desde el año pasado venía sosteniéndose en diversos foros que, más que una defensa de la posición provincial correspondía a una acción de reclamo por las regalías hidroeléctricas. Dicha posición, por ejemplo, fue sostenida en una conferencia pública sobre el problema, de la que participaron los reconocidos abogados, el sanrafaelino Aldo Guarino Arias y Miguel Mathus Escorihuela.

En las últimas horas se trató enDiputados de la Provincia un proyecto que pide elevar al ejecutivo nacional un reclamo por regalías hidroeléctricas mal liquidadas. Se trata de una compensación para la provincia de unos 1000 millones de pesos más los intereses. Se estima que son 26 millones por 42 años de compartir regalías, ya que se trata de un río que fue declarado interprovincial en 1973.

Según el documento al que pudo acceder Diario San Rafael, «la Legislación que regula el uso del agua en Mendoza se funda en al artículo 107 de la Constitución Nacional de 1853, al ejercer las facultades no delegadas a la Nación. La Constitución Provincial contiene normas que organizan el Derecho del Agua en todo su territorio. Una de ellas es la Ley de 1884, que junto a la Constitución  conforman la base legal del régimen de Aguas en la provincia, situación que permite a Mendoza tener absoluta autoridad sobre sus territorio y sus cauces».

Asimismo, recuerda que «en 1940 se licita la construcción del dique, y  después de terminadas la obras en 1949 la Provincia de la Pampa comienza a presentar reclamos por derechos de agua de la cuenca, al momento de conseguir su provincialidad». 

El expediente plantea que «la Ley 15336 con vigencia a partir de setiembre de 1960, establece que la energía producida por fuentes hidroeléctricas comenzara a pagar regalías. En su artículo 43 expresa: que las provincias en cuyos territorios se encuentren las fuentes hidroeléctricas percibirán mensualmente el 12% del importe que resulte de aplicar a la energía vendida a los centros de consumo, la tarifa correspondiente a la venta en bloque determinada según los mecanismos establecidos en el artículo 39. En el caso de que las fuentes hidroeléctricas se encuentren en ríos limítrofes entre provincias, o que atraviesen a más de una de ellas, este porcentaje del 12% se distribuirá equitativamente racionalmente entre ellas». En la ley primigenia el porcentaje establecido era del 5 por ciento.

Un fallo de la Corte Suprema  declaró que el río Atuel es interprovincial y que el acuerdo celebrado entre el Estado nacional y la provincia de Mendoza el 17 de junio de 1941 no tiene efecto vinculatorio para La Pampa. En ese sentido, la corte planteó «rechazar la acción posesoria promovida por La Pampa y las pretensiones de que se dé cumplimiento a la resolución 50/49 y que se regule la utilización en forma compartida entre ambas provincias de la cuenca del Río Atuel y sus afluentes, siempre que Mendoza mantenga sus usos consuntivos actuales aplicados sobre la superficie reconocida». Allí también se exhorta a las partes a celebrar convenios razonables y equitativos del agua.

Es por eso que se ha convocado a los legisladores nacionales por Mendoza que soliciten a la Nación «dar cumplimiento a la Ley 15.366» y que «haga efectiva la transferencia de valores en concepto del pago regalías hidroeléctricas por la energía producida por el dique Atuel, liquidación que fue suspendida a partir de la promulgación del Decreto 1560/73, que establece el pago de la mitad de las regalías producidas por el Complejo Los Nihuiles a La Pampa».

De esta manera se busca que el Estado nacional pague las regalías no liquidadas por la generación de recursos eléctricos provenientes del complejo hidroeléctrico Los Nihuiles. Asimismo, se deja en claro que la transferencia económica deberá incluir inteses desde marzo de 1973 a la fecha

fuente Diario de San Rafael.

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