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Millonaria condena a la provincia por el crimen de un violador tras un motín en Almafuerte

La Cuarta Cámara de Apelaciones en lo Civil dio vuelta el fallo de primera instancia y condenó a la provincia a indemnizar a la familia de un hombre que fue asesinado en la cárcel de Almafuerte, mientras cumplía una condena por rapto y abuso sexual con acceso carnal.

La pareja del convicto y sus hijas apelaron el primer fallo del juzgado, entendiendo que no se había tenido en cuenta el daño moral ocasionado tras la muerte del hombre, Ricardo Darío Vega, quien era padre de tres hijos menores al momento del hecho y que fue atacado durante un motín en el complejo de Cacheuta.

Vega había sido detenido el 1 de julio del 2006 y en junio del año siguiente fue condenado a 18 años de cárcel, al ser encontrado autor de los delitos de rapto y abuso sexual con acceso carnal agravado, por lo que debía cumplir la condena recién en el 2024.

Sin embargo, en abril del 2010 fue secuestrado en medio de la revuelta y asesinado a golpes. Luego, en marzo del 2012, la Justicia condenaría a perpetua a los tres autores del asesinato. En el debate se analizó la hipótesis de que la revuelta fue iniciada, justamente, con el objetivo de ultimar a Vega.

Ahora bien, en forma paralela a este debate, su familia inició acciones legales contra el Estado al entender que era responsable del cuidado del hombre. No obstante, en el primer fallo la Justicia rechazó la demanda.

A través del abogado Alfredo Guevara, los denunciantes apelaron la sentencia y ahora los jueces Claudio Leiva, Claudio Ferrer y Andrea Llanos, le dieron la razón.

Primero coincidieron en que la vigilancia de la penitenciaria resultó ineficaz, y que las autoridades del penal tenían la obligación de velar por la custodia del interno.

Aseguraron que esa tarea fue incumplida, por lo que debía responsabilizarse a la Provincia de Mendoza, en los términos del artículo 1112 del Código Civil.

De esta forma, los magistrados ordenaron que la provincia indemnice a la pareja del interno asesinado con $580.000 más los intereses ocasionados, a la hija menor otros $550.000 y a la mayor $350.000.

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