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Opinión

PASO: innecesaria obligatoriedad

Cristina las creó y no participa. El Estado deberá gastar $2.800 millones en un acto que es un simple formalismo

jueves, 22 de junio de 2017
Por Aleardo F. Laría
Agencia DYN
En el año 2009, el gobierno de Cristina Fernández presentó ante el Congreso de la Nación un proyecto de ley de rimbombante título: «Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral». La nueva Ley, junto con otras reformas, introdujo la modalidad de Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) para seleccionar las candidaturas a cargos nacionales.
Que sea ahora la ex presidenta Cristina Fernández la que eluda participar en una interna en el partido político al que está afiliada, muestra la dificultad práctica de imponer como una obligación legal lo que, tal vez, debiera ser una opción voluntaria.
El sistema de las PASO es un mecanismo que obliga a todas las agrupaciones políticas a seleccionar a los candidatos a ocupar cargos públicos electivos nacionales mediante elecciones primarias que se deben celebrar en forma simultánea en todo el territorio nacional, en un solo acto electoral, con voto secreto y obligatorio, aún en el caso en que en un partido se presentara con una sola lista.
Son «abiertas» porque cualquier ciudadano, con independencia de que esté o no afiliado, debe participar. Son «simultáneas» porque la elección tiene lugar un mismo día para impedir que los partidarios de una opción participen en la interna de otro partido. Y finalmente son «obligatorias» tanto para los partidos políticos que pretendan competir en las elecciones como para todos los ciudadanos empadronados.
Esta última característica, es decir su carácter compulsivo, es lo que ha sido más discutido y diferencia a las primarias argentinas de algunos países latinoamericanos donde se celebran estas primarias pero bajo participación voluntaria.
La reforma de 2009 no fue una novedad. En el año 2002 ya se había sancionado una Ley de internas abiertas, simultáneas y obligatorias para todos los partidos (aunque con voto optativo para los ciudadanos), aunque su aplicación había quedado suspendida en las elecciones de 2003 y en 2006 la norma fue derogada.
La Ley de 2009 pretende evitar situaciones de atomización de los partidos, tal como había acontecido en el año 2003 cuando se presentaron 18 frentes electorales. En esa elección el candidato que recibió más votos en la primera vuelta fue Carlos Menem, con apenas 24,45 por ciento y renunció a favor de la segunda fuerza liderada por Néstor Kirchner, quien obtuvo 22,25 por ciento.
También, supuestamente, la Ley de las PASO perseguía objetivos más ambiciosos. Según los fundamentos de la norma, se pretendía «consolidar la democracia en el interior de los partidos políticos.
Confrontación interna
En las elecciones celebradas con posterioridad al dictado de la Ley, en general los partidos han tratado de evitar la confrontación interna. En 2011, ninguno de los diez partidos que presentaron candidatos a la presidencia de la Nación ofreció más de una opción.
En la preselección de candidatos a diputados, en 13 distritos sólo una agrupación presentó más de una lista y en los 5 restantes solo hubo competencia en 2 agrupaciones.
En 2013, la presentación de listas únicas siguió siendo predominante, aunque se produjo una mayor competencia para los cargos legislativos: de 174 partidos o frentes electorales 43 tuvieron competencia interna (25% del total), mientras que en 2011 la proporción de agrupaciones que participaron en las PASO con diferentes listas había sido solo de 11 por ciento.
En las elecciones de 2015, en la categoría presidencial, quedaron habilitadas 6 opciones (el resto no alcanzó 1,5% del padrón) y en tres de ellas hubo más de una lista (Cambiemos, UNE y Frente de Izquierda). En la provincia de Buenos Aires, de 5 opciones habilitadas, hubo más de una lista en tres de ellas (Cambiemos, Progresistas y Frente de Izquierda).
Cuando se dictó la Ley 26.571 que estableció las PASO, la discusión versó sobre si era razonable la participación de cualquier ciudadano en la elección del candidato de un partido al que no estaba afiliado y, junto con ello, si esta participación debía ser obligatoria.
Entre los defensores de la obligatoriedad del sistema se argumentó que ello iba en consonancia con la obligatoriedad del sufragio universal establecido en la Constitución Argentina para las elecciones generales. En el fondo, se introducía una dosis de paternalismo gubernamental, para reforzar la institucionalidad ante la eventual reticencia de los ciudadanos a participar.
Como refieren los fundamentos de la Ley, «la condición de obligatoriedad del voto posibilita que una proporción importante del electorado se involucre y, por otra, imprime de representatividad y legitimidad a los precandidatos electos por cada agrupación política». Este aspecto es precisamente el que diferencia a las PASO del modelo uruguayo, donde la participación es voluntaria.
Entre los argumentos que expusieron en contra de la obligatoriedad, destaca el que señala que si los partidos son asociaciones voluntarias, deben tener autonomía para regular su vida interna. Con el pretexto de que se busca «relegitimar a los partidos políticos desde fuera, desde el Estado» el Estado pasó a asumir los costos operativos relacionados con la organización de las primarias abiertas garantizando a todos los precandidatos condiciones de competencia equitativas.
Se estima que el próximo despliegue electoral del 13 de agosto el Estado destinará 2.800 millones de pesos para soportar el costo de unas PASO que serán un simple formalismo, puesto que casi ninguna fuerza política celebrará internas competitivas y sus candidatos a legisladores nacionales se medirán directamente en las elecciones de octubre.
En la práctica, el carácter obligatorio del voto convierte a las primarias en una suerte de encuesta de opinión más que un proceso transparente de selección de candidatos. Se ha llegado a afirmar que las PASO constituyen «un gran acto de comunicación» y que promueve la concentración de votos en las elecciones generales a favor de las dos agrupaciones que hayan obtenido una mayor cantidad de votos en las primarias.
Sin embargo, la decisión tomada por Cristina Fernández parece desmentir esta interpretación y, por otro lado, las tribulaciones del candidato Florencio Randazzo en el Partido Justicialista demuestran que la prerrogativa de las Juntas Electorales de los partidos para fijar las reglas de juego en la oficialización de las listas, tiene un peso mayor.
En ningún país europeo existen primarias obligatorias para los partidos políticos y son los estatutos internos de cada agrupación política los que pueden fijar su sistema de selección de candidatos.
Es cierto que la calidad de los partidos políticos es decisiva para mejorar la calidad de una democracia y que la existencia de partidos políticos democráticos, que garanticen en su interior la competencia que permita la alternancia y evite el cumplimiento de «la ley de hierro de las oligarquías» de Robert Michels es una condición indispensable de la democracia moderna. Pero, este objetivo no se consigue acudiendo al paternalismo estatal. En este caso, como en tantos, la intervención del Estado, como el ajo en las comidas, no debe superar la proporción adecuada.///

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