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Opinión

A transparentar el mercado interno

Hay cerca de 1000 compañías que deberán dar información. Si no cumplen, habrá multas en base a la Ley de Abastecimiento
Por medio de una Resolución en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional puso en marcha un nuevo método para transparentar la cadena de comercialización que va desde los productores a los comercios. La referencia es al “Sistema Informativo para la implementación de Políticas de Reactivación Económica” (SIPRE), un régimen de información que obliga a empresas grandes de diferentes rubros a presentar ante la Secretaría de Comercio, de manera periódica, detalles de volúmenes de mercadería y precios que se ofrecen a los comercios mayoristas y minoristas. Fuentes de esa cartera explicaron a los Medios, que “la idea es hacer más sencilla y transparente la cadena de comercialización de los productos en el mercado interno”, y negaron que se trate de un análisis o control de precios que apunte a revisar márgenes de ganancia.

Según detalles a los que accedió este diario, las empresas deberán presentar la información on line de forma mensual y bajo declaración jurada, y la misma será de “carácter reservado y confidencial”. En síntesis, el SIPRE es de algún modo similar al SEPA, el mecanismo por el cual los grandes supermercados le informan en tiempo real al Gobierno la data de precios y cantidades. Pero con la diferencia de que ese registro tiene una parte de acceso pública, mientras que la información del SIPRE no será publicada ni utilizada para otros fines que no sean la planificación de políticas en la materia.

El SIPRE alcanza, en principio, a unas mil grandes empresas de diferentes rubros. En la primera etapa se incluyen a Alimentos, Bebidas y Artículos de Higiene y Limpieza; Química y Petroquímica, Construcción y Electro. Para medir el tamaño de las compañías, se tomará el parámetro de facturación anual incluido en la Resolución SEPYME 220 del 2019, que establece un monto de 965.460.000 de pesos para el sector de construcción; 2.602.540.000 para el sector comercio y 2.540.380.000 para la actividad industrial.

El mecanismo, por dentro
La Resolución de Comercio tendrá vigencia en todo el 2021 y las principales variables a informar para el promedio del mes serán “los precios de venta vigentes, cantidades producidas y vendidas y el stock de los productos”. Asimismo, las empresas deberán enviar la información requerida de manera mensual entre los días 1 y 10 de cada mes calendario, pudiendo realizar rectificaciones entre los días 11 al 15 del mes correspondiente.

Según fuentes oficiales, la primera presentación deberá realizarse dentro del período comprendido entre el día 1 al 10 de abril. En esta primera presentación se deberá informar todo lo referente a los meses de enero, febrero y marzo del 2021. Esto será solo por única vez, dado que las presentaciones mensuales posteriores deberán contener la información del mes inmediatamente anterior.

La iniciativa tiene por objeto «dotar al Estado Nacional de una herramienta de monitoreo del comercio interior y tener alertas tempranas de faltantes de mercadería que puedan producirse». Además, se busca «coordinar acciones para prevenir situaciones de faltantes o escasez de oferta de insumos y bienes finales».

Además, se pretende «mejorar la planificación de políticas públicas dirigidas al mercado interno, generando incentivos específicos y focalizados».

Para qué se usará la información
Fuentes oficiales aseguraron que los datos se utilizarán para la formulación de políticas para el mercado interno. El sistema permitirá contar «con alertas tempranas en materia de abastecimiento en los principales sectores económicos». También se busca detectar dónde están los desquilibrios de precios en los eslabones de la cadena de valor. Y revisar así conductas especulativas «ligadas a incrementos injustificados de precios, dificultades de aprovisionamiento de insumos y cambios en los hábitos de consumo».

Héctor Ariño
Periodistaobservador@yahoo.com.ar.

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